"Por una ley que ponga fin a la Impunidad del Franquismo" Imprimir
Nuestra Memoria - franquismo y represión
Escrito por IndeGranada   
Sábado, 12 de Diciembre de 2020 09:49

Te informamos de las propuestas del Encuentro Estatal de la Memoria, que firman 95 asociaciones de todo el país, entre ellas, la Asociación Granadina Verdad, Justicia y Reparación, al anteproyecto de Ley de Memoria Histórica.

"El Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática que ha presentado el Gobierno no garantiza que se puedan investigar y enjuiciar los crímenes de la Dictadura Franquista. En el 72 aniversario de la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Encuentro Estatal de Colectivos de Memoria Histórica y de Víctimas del Franquismo (en adelante Encuentro de Memoria), demanda al Gobierno del Estado y al Congreso de los Diputados la aprobación de una “Ley de memoria democrática que ponga fin a la impunidad del Franquismo” y que garantice los derechos a la verdad, justicia y reparación a las víctimas de la dictadura y la transición.

 El Encuentro de Memoria, reunido telemáticamente el 10 y 24 de Octubre de 2020, hace la siguiente valoración del Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática, aprobado por el Gobierno del Estado el 15 de septiembre de 2020, que se recoge en un amplio documento (Conclusiones V Encuentro) e incorpora un importante abanico de propuestas y reivindicaciones del movimiento memorialista.

En primer lugar, entendemos que es insuficiente el avance que representa este anteproyecto de ley, pues debería incluir la declaración de nulidad de uno de los pilares fundamentales de la impunidad del franquismo: la Ley de Amnistía de 1977, o al menos, de aquellos apartados (artículo 2, apartados e y f) que impiden investigar los crímenes del franquismo, y por tanto, el acceso a la justicia.

Consideramos insuficiente la condena del franquismo dado que no se hace en los términos declarados en las Resoluciones de las Naciones Unidas adoptadas por la Asamblea General de la ONU el 9 de febrero y el 12 de diciembre de 1946.

En cuanto al período que abarca la Ley, se considera que debe llegar al menos hasta 1983 y en los casos de bebés robados, la fecha debería abarcar, al menos, hasta 1999.

Sobre definición de Víctimas, no quedan incluidos (o se hace de manera excesivamente genérica) todos los colectivos afectados por las diferentes formas de represión franquista, lo que implica el no reconocimiento de su Derecho a la Verdad, la Justicia y la Reparación, tal y como prescribe el Derecho internacional de los Derechos Humanos.

Asimismo, hay que mejorar y ampliar la redacción del articulado sobre algo tan importante como las víctimas del robo de bebés. Es necesario incluir la variedad de motivos que generaron ese crimen, durante la dictadura y la transición, perpetrado por entidades o personas vinculadas a las instituciones del Estado.

No podemos conformarnos con declarar las sentencias represivas como “nulas e ilegítimas”, tal y como recoge el Anteproyecto, porque esa definición no tiene validez jurídica alguna. Propugnamos que tanto las sentencias como los tribunales y toda la legislación represiva del franquismo se declaren ilegales y nulos.

El Anteproyecto no garantiza la Tutela Judicial Efectiva en la localización y exhumación de las fosas comunes del franquismo, aunque sí es un avance que el Estado español asuma su responsabilidad directa en la recuperación e identificación de las víctimas.

De igual modo, enuncia la necesidad de investigar los crímenes franquistas, pero en ningún modo garantiza su persecución penal. No hay en este capítulo ningún avance con respecto a la Ley de Memoria 52/2007, quedando por tanto cercenado el Derecho a la Justicia para las víctimas del franquismo. Por ello, es fundamental crear una fiscalía especializada para la investigación y persecución penal de los crímenes del franquismo y la transición.

El Anteproyecto no reconoce la responsabilidad patrimonial del Estado, ni de instituciones, organizaciones, entidades y particulares, que se han beneficiado del expolio franquista y de los trabajos forzados.

El Anteproyecto no garantiza la apertura y libre acceso a todos los archivos públicos y privados sobre la represión franquista. Tampoco se compromete con la desclasificación y catalogación de todos los documentos contenidos en los mismos. Por tanto, no asegura el acceso a la información, ni el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.

Nos oponemos frontalmente a que el 31 de octubre sea declarado como Día de recuerdo y homenaje a las víctimas del franquismo, pues no tiene ningún significado simbólico para el movimiento memorialista.

Reseñar, también, que el texto carece de una ley de acompañamiento con una detallada y suficiente dotación presupuestaria.

Otras reivindicaciones que consideramos imprescindibles para garantizar los derechos a la verdad, justicia y reparación a las víctimas de la dictadura y la transición, y que exigimos se incorporen a la futura Ley de Memoria Democrática como Disposiciones Finales, estableciendo la obligatoriedad de su ratificación y desarrollo legislativo en el plazo de un año desde la entrada en vigor Ley de Memoria Democrática.

Son las siguientes:

El Estado español debe ratificar la Convención Internacional de 1968 por la que no prescriben los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, garantizando por ley que se aplique esta Convención a los crímenes cometidos por el franquismo.

Es imprescindible, además, modificar la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, incorporando a nuestro derecho interno el principio de legalidad internacional (contenido, entre otros, en el artículo 7.2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos) y que se cumpla la legislación internacional en materia de Derechos Humanos, así como las recomendaciones de los relatores de la ONU y expertos internacionales.

Es igualmente imprescindible modificar el artículo 578 del Código Penal para que incluya el reconocimiento jurídico de víctimas del franquismo, con el fin de que los actos de exaltación del franquismo y de negacionismo histórico sean definidos como delitos y no queden impunes. Asimismo, exigimos la ilegalización de cualquier organización, partido, fundación o asociación que ensalce, justifique o fomente la ideología, la violencia y todos los actos que el franquismo ejecutó y promulgó desde el 18 de Julio de 1936.

Por último, hacemos un llamamiento a las fuerzas parlamentarias democráticas, para que en el proceso de tramitación de la Ley se incluyan todas las modificaciones precisas, con el fin de que en el texto definitivo se haga, de una vez por todas, efectivo el derecho a la Verdad, la Justicia y la Reparación para las víctimas del franquismo y el conjunto de la sociedad".

Encuentro Estatal de Colectivos de Memoria Histórica y de Víctimas del Franquismo.

Firman este comunicado 95 asociaciones memorialistas de todo el Estado español, entre las que está la Asociación Granadina Verdad, Justicia y Reparación.

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FUENTE: El Independiente de Granada