Tribunal Supremo y amnistía fiscal PDF Imprimir E-mail
Opinión / Actualidad - Política
Escrito por Secta Opus Dei   
Sábado, 03 de Noviembre de 2018 00:00

Entre las atribuciones del Tribunal Supremo hay una muy especial que es la de “conocer y decidir en única instancia los procesos de responsabilidad civil o penal contra el presidente y los ministros del Gobierno de la Nación”.

A pesar de que la amnistía fiscal del PP fue ilegal y supuso la comisión de distintos delitos por parte de los responsables del Gobierno del PP al incurrir en prevaricación, malversación, encubrimiento de delitos, cooperación activa y en comisión por omisión de defraudaciones a la Hacienda Pública, etc. el Tribunal Supremo no ha procesado a nadie por esta amnistía que ha supuesto al erario español una pérdida de cerca de 200.000 millones de euros. No deja de sorprender que las únicas voces que se alzan sobre este asunto solo reclaman hacer públicas las listas de los defraudadores sin exigir un proceso penal por cada uno de los defraudadores incluidos en las listas, además de procesar a sus encubridores del Gobierno del PP.

No se trata solo de la evasión de impuestos, sino que también habría que investigar la procedencia de tan formidables fortunas que son escondidas en paraísos fiscales precisamente para evitar dar explicaciones sobre el origen del dinero.

La sospechosa postura del PSOE de no hacer públicas las listas de defraudadores muestra una vez más la complicidad de este partido supuestamente de izquierdas con el saqueo que está sufriendo España, y dan lugar a fundadas sospechas de que entre las listas deben estar incluidos dirigentes socialistas. De esta forma evidencian que prefieren el escándalo de la opacidad a tener un escándalo más por delitos económicos a sus espaldas.

Sobre el pretexto del derecho al honor para ocultar la identidad de los delincuentes, hay que observar que a quienes defraudan tanto dinero a la sociedad no les debe de preocupar mucho la honorabilidad de sus actos y, por otra parte, no existe ninguna ley tanto en España como en la Unión Europea que impida hacer públicas las identidades de defraudadores y evasores de impuestos.  Por esta razón tampoco es sostenible el pretexto del derecho a la intimidad cuando se trata de delincuentes y sus delitos. Se ha utilizado también como pretexto la Ley General Tributaria siendo así que el art. 95 “reconoce el carácter reservado, que no secreto, de los datos con trascendencia tributaria” y este artículo no se refiere a las cantidades evadidas ilegalmente sino a “los datos obtenidos por la Administración Tributaria en el desempeño de sus funciones”.

Otro factor doloso en la amnistía fiscal del PP, es que usó como argumento que con esta amnistía saldría a la luz mucho dinero oculto para de esta forma aumentar las arcas del Estado, cuando la realidad es que se conocía la identidad de la mayoría de los defraudadores antes de que el Gobierno decidiese proteger a los delincuentes económicos recogidos en las listas de Falciani. Y como resultado, de los 200.000 millones de euros que Falciani había estimado que podría recuperar el erario español, se recuperó escasamente una centésima parte.

Los 200.000 millones de las listas de Falciani se refieren a una sucursal de un banco inglés en Suiza, pero se entiende que estas inmensas fortunas son solo la punta de un iceberg, porque no incluyen las cantidades evadidas en otros bancos suizos, bancos en Panamá, Liechtenstein, Islas Caimán, etc.

El Tribunal Supremo como máximo responsable de la unidad de interpretación de la jurisprudencia en España y como competente para procesar penalmente al presidente del Gobierno y sus ministros, ha permitido y está permitiendo el saqueo de España y como ejemplo más reciente permitiendo la impunidad de los responsables de la ilegal amnistía fiscal y sus delincuentes beneficiarios. Es asombroso que ninguna asociación, partido político o grupo en la sociedad no haya puesto una querella criminal contra los magistrados del Tribunal Supremo por prevaricación y encubrimiento de los delitos mencionados sobre la amnistía fiscal. La sala competente para conocer de los delitos cometidos por magistrados del Tribunal Supremo sería la sala del art. 61 de la LOPJ. De esta forma, aunque es previsible que prevaricaran los magistrados de la sala del art. 61, se haría aún más patente la traición que supone a la sociedad un sistema judicial donde su órgano de gobierno es elegido a dedo por partidos políticos reputadamente corruptos, perpetuando así la impunidad y el saqueo del país.

_________

Fuente:  sectaopusdei