Rebelión Imprimir
Opinión / Actualidad - Política
Escrito por Julio Anguita   
Miércoles, 15 de Noviembre de 2017 06:48

Una de las innumerables miserias del franquismo consistió en atribuir a los vencidos en la Guerra Civil el delito militar de rebelión. Todavía y a pesar de los años transcurridos, estremece la evidencia de cómo juristas de carrera: jueces, fiscales y letrados en general, pudieran tragar – y aún justificar - que los militares golpistas comandados por el general Franco, se erigiesen en jueces para imputar a sus adversarios derrotados el crimen de rebelión que ellos habían protagonizado en exclusiva.
Está claro que aquella justicia, tanto militar como civil, no estaba fundamentada en el Derecho sino en la venganza y en la “ejemplaridad” del Código de Hammurabi. Aquellos tribunales no impartían Justicia (nadie da lo que no tiene) sino venganza. Aquélla bárbara impostura dejó su huella y marcó una impronta. El que la hace la paga bien pudiera ser el santo y seña de aquellos tribunales del franquismo con el agravante de que en ellos se habían invertido los roles: victimarios juzgaban a las víctimas. La expresión clásica latina ad justitiam per ius (hacia la Justicia por el Derecho) quedó suplantada por la de ad justitiam per ensis (hacia la Justicia por la espada).
El Decreto de 9 de octubre de 1945 concedía el indulto total a los que quedaban encarcelados por el delito de rebelión militar o también auxilio a la rebelión. Las razones de la “magnanimidad” se explicitaban en el preámbulo del decreto: el gobierno consciente de su fuerza y del apoyo de la Nación, se dispone a dar otro paso en el camino de la normalización progresiva de la vida española. Aquí no ha pasado nada.
Cuarenta años de una dictadura cinceladora de conciencias, valores y actos despóticos que además se preciaba de la razón de la fuerza, y otros cuarenta de una Transición que pasó de puntillas por aquél horror, han devenido en un guirigay justiciero en el que se laminan la jurisdicción y las competencias de determinados tribunales en favor de otros sin que medien, cara a la opinión pública, las razones que lo puedan motivar. Se encarcela, se excarcela o se deja en libertad, tras una sentencia condenatoria firme. O se comprueba cómo la jurisprudencia es muchas veces papel mojado. A esto le llaman en España normalidad democrática.
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Fuente: El Economista